LA REPÚBLICA DOMINICANA; HAITI Y EL CONTEO REGRESIVO A LA PÉRDIDA DE LA SOBERANÍA.

 


En esta ocasión queremos analizar la situación haitiana y las consecuencias de esa situación para la República Dominicana, tratando de ser lo más objetivo posible, analizando la crisis humanitaria que esa nación está padeciendo y que a raíz de eso tendrán que venir a la República Dominicana a sobrevivir, somos humanos pero sacrificar nuestro país es muchos más de lo que podemos hacer, vamos a desaparecer como nación, todo esto ocurre en los ojos de los todos los dominicanos, pero muchos para desacreditar la idea la catalogan de teoría de conspiración y que eso nunca iría a pasar, pero como juventud debemos comprender que los eventos ocurridos en Haití están planificados, financiados y organizados para un fin, alegar crisis humanitaria y que la República Dominicana cargue con un Haití destruido, otorgando identidad, salud, educación, trabajo, lo que nos costara el sacrificio de  nuestra soberanía ya que las autoridades están comprometidos con sectores millonarios interesados en el oro de Haití y eso acabara de manera definitiva su ecosistemas.

VIOLACION DEL TRATADO DE PAZ Y AMISTAD PERPETUA Y ARBITRAJE.

El tratado firmado en el 1929 y que, además, figura en la Constitución de la República, prohíbe que se desvíe el caudal del río Masacre, como tienen estipulado las autoridades haitianas, quienes construyen un canal de riego agrícola que se alimentaría del afluente, que es la frontera natural entre ambos países por unos cinco kilómetros y cuyo caudal ha disminuido en gran parte por la deforestación.

El artículo 10 del Tratado de Paz y Amistad Perpetua y Arbitraje entre República Dominicana y Haití establece que “en razón de que ríos y otros cursos de agua nacen en el territorio de un Estado y corren por el territorio del otro o sirven de límites entre los dos Estados, ambas partes contratantes se comprometen a no hacer ni consentir ninguna obra susceptible de mudar la corriente de aquellas o de alterar el producto de las fuentes de las mismas”.


 

El mismo artículo aclara que ambos países pueden utilizar el agua para el riego o irrigación, sin embargo, deja claro que ninguno de los países puede modificar el curso del río. “Esta disposición no se podrá interpretar en el sentido de privar a ninguno de los dos Estados del derecho de usar, de una manera justa y equitativa, dentro de los límites de sus territorios respectivos, dichos ríos y otros cursos de agua para el riego de las tierras y otros fines agrícolas e industriales”, dice el tratado.

El convenio entre ambos países es parte integral de la Constitución dominicana vigente, que en su artículo 11 se refiere a los tratados fronterizos.

El uso sostenible y la protección de los ríos fronterizos, el uso de la carretera internacional y la preservación de los bornes fronterizos utilizando puntos geodésicos, se regulan por los principios consagrados en el Protocolo de Revisión del año 1936 del Tratado de Frontera de 1929 y el Tratado de Paz, Amistad Perpetua y Arbitraje de 1929 suscrito con la República de Haití”, dice la Constitución de la República Dominicana.

Las autoridades dominicanas y haitianas han designado una comisión de técnicos que determinará cómo afectaría el canal en cuanto al agua que tome del río Masacre. “En la última reunión se acordó formar una comisión de técnicos de ambos países para hacer un levantamiento en el área y verificar de qué manera se puede utilizar el río Masacre sin que afecte a uno de los dos lados”, dijo a Diario Libre el jefe del Cuerpo Especializado en Seguridad Fronteriza Terrestre (Cesfront), general de brigada José Durán Ynfante.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Entradas populares

POLITICA DE PRIVACIDAD Y COOKIES

POLITICA DE PRIVACIDAD Y COOKIES
POLITICA DE PRIVACIDAD Y COOKIES