La Ley de designación
de narcotraficantes de narcóticos extranjeros ("Act") es una
legislación federal de los Estados Unidos diseñada para otorgar autoridad para
la identificación y aplicación de sanciones a nivel mundial a traficantes de
narcóticos extranjeros importantes, sus organizaciones y las personas
extranjeras que brindan apoyo, a aquellos traficantes de narcóticos extranjeros
importantes y sus organizaciones, cuyas actividades amenazan la seguridad
nacional, la política exterior y la economía de los Estados Unidos.
La Ley también prohibió
todo comercio y transacción entre los traficantes y las compañías e individuos
estadounidenses. La Ley Kingpin autoriza al Presidente a tomar estas
medidas cuando determina que una persona extranjera juega un papel importante
en el tráfico internacional de narcóticos.
La Ley se convirtió en ley el 3 de diciembre de 1999. Es comúnmente conocida
como la Ley Kingpin. Las disposiciones de la Ley se encuentran en 21 USCS
de 1901 a 1908.
La Ley bloquea todos los bienes e intereses en la propiedad, sujetos a la
jurisdicción de los EE. UU.,
Propiedades bajo el control de traficantes de narcóticos extranjeros
significativos según lo identificado por el Presidente.
Adicionalmente, la Ley bloquea los bienes e intereses en la propiedad, sujetos
a la jurisdicción de los EE. UU., de personas extranjeras designadas por el
Secretario del Tesoro, en consulta con el Procurador General, el Director de la
CIA, el Director del FBI, el Administrador de la DEA, el Secretario de Defensa
y el Secretario de Estado, quienes se encuentran:
(1) ayudando
materialmente o proporcionando ayuda financiera o apoyo tecnológico para, o
para proporcionar bienes o servicios en apoyo de las actividades
internacionales de tráfico de narcóticos de una persona designada de
conformidad con la Ley Kingpin;
(2) poseído, controlado
o dirigido por, o que actúe para o en nombre de, una persona designada de
conformidad con la Ley Kingpin; o
(3) desempeñar un papel
importante en el tráfico internacional de narcóticos.
La Ley Kingpin ordena
que el Secretario del Tesoro, el Fiscal General, el Secretario de Estado, el
Secretario de Defensa y el Director de la Agencia Central de Inteligencia
coordinen para identificar a los capos del narcotráfico y proponerlos al
Presidente para sanciones. El Departamento de Seguridad Nacional y la
Dirección de Inteligencia Nacional también están incluidos en el proceso.
La Ley exige que el Presidente informe a los comités del Congreso específicos
antes del 1 de junio de cada año sobre las "personas extranjeras que
determine que son apropiadas para sanciones" y declare su intención de
imponer sanciones a los Traficantes de Narcóticos Extranjeros importantes de
conformidad con la Ley.
Si bien las determinaciones presidenciales anteriores se han vinculado al
calendario legal del 1 de junio, la Ley contiene las disposiciones de
aplicación de la Ley. La sección dice lo siguiente:
CUMPLIMIENTO.
(a) Sanciones penales.
(1) Quien viole
intencionalmente las disposiciones de este título, o cualquier regla de
licencia, o regulación emitida de conformidad con este título, o
intencionalmente descuide o se niegue a cumplir con cualquier orden del
Presidente emitida bajo este título deberá:
(A) encarcelado por no
más de 10 años,
(B) multado en la
cantidad provista en el título 18, Código de los Estados Unidos o, en el caso
de una entidad, multado con no más de US$ 10,000,000, o ambos.
(2) Cualquier
funcionario, director o agente de cualquier entidad que participe deliberadamente
en una violación de las disposiciones de este título será encarcelado por no
más de 30 años, multado con no más de US$ 5,000,000, o ambos.
(b) Sanciones
civiles.
El Secretario del Tesoro puede imponer una multa civil que no exceda US$
1,000,000 a cualquier persona que viole cualquier licencia, orden, norma o
reglamento emitido de conformidad con las disposiciones de este título.
(c) Revisión judicial
de la sanción civil.
Cualquier sanción impuesta en virtud del inciso (b) estará sujeta a revisión
judicial solo en la medida prevista en la sección 702 del título 5 del Código
de los Estados Unidos.
Desde junio del 2000, más de 2,100 entidades e individuos han sido nombrados de conformidad con la Ley Kingpin por su papel en el tráfico internacional de narcóticos. Las sanciones por violaciones de la Ley Kingpin varían desde sanciones civiles de hasta US$1,466,485 por violación hasta sanciones penales más severas. Las sanciones penales para los funcionarios corporativos pueden incluir hasta 30 años de prisión y multas de hasta US$5 millones. Las multas penales para corporaciones pueden alcanzar los US$10 millones. Otras personas podrían enfrentar hasta 10 años de prisión y multas de conformidad con el Título 18 del Código de los Estados Unidos por violaciones criminales de la Ley Kingpin.
En el caso de la Republica Dominicana.
Cesar Emilio Peralta y
el DTO de Peralta también coordinan el envío de los ingresos en efectivo de
estas actividades de narcotráfico desde los Estados Unidos, así como el lavado
posterior de estos ingresos en la República Dominicana. Una vía principal para
el lavado de estos ingresos es una serie de clubes nocturnos en Santo Domingo,
todos propiedad de Peralta o controlados por Peralta a través de otras personas
como representantes. Estos clubes nocturnos, que se encuentran entre las
entidades designadas hoy, incluyen VIP Room, Flow Gallery Lounge, Aqua Club y
La Kuora. Según se informa, Peralta emplea mujeres traficadas desde Colombia y
Venezuela en estos clubes nocturnos. La designación de la OFAC también se
dirige a Yader Rafael Jaquez Araujo (un promotor de música que usa el nombre
“Jake Mate”) y Carlos Ariel Fernández Concepción, un exoficial militar
dominicano, que desempeña un papel en la gestión y promoción de los clubes
nocturnos, propiedad de Peralta.
El arresto del diputado
Miguel Gutiérrez Díaz en Miami, Estados Unidos, está relacionado a César Emilio
Peralta Adames (el Abusador), de acuerdo a una fuente del país norteamericano.
Según la fuente, las
relaciones entre Gutiérrez, detenido por tráfico de drogas, y el Abusador datan
entre 2014 y 2017. Tiempo que habrían utilizado para el negocio con las
sustancias prohibidas.
FUENTES:
La Ley Kingpin del 3 de diciembre de 1999.
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