LA PARTE DEL SICARIATO EN LA REPUBLICA DOMINICANA QUE EL CONGRESO NO OBSERVO



CONTENIDO


CAPITULO I

INTRODUCCION

CONCEPTO

SICARIATO ETIMOLOGIA

GENERALIDADES

¿Por qu茅 esta paradoja?

Los sicarios en la actualidad:

Modus Operandi

Esto puede ser de tres formas:

CAPITULO II

SICARIATO COMO TIPO PENAL

ANTECEDENTES DE LA FIGURA AGRAVADA DE HOMICIDIO.

ANALISIS A LA REFORMA DEL CODIGO PENAL.

AUN LA REFORMA, QUEDARAN MUCHAS LAGUNAS.

ADOLESCENTES ANTE LA JUSTICIA PENAL.

M茅todos de Reclutamiento de Sicarios

Factores por los cuales los j贸venes acuden al sicariato:

Factores que promueven el sicariato:

BREVE ANALISIS Y COMENTARIO

Conclusiones:

BIBLIOGRAFIA 

 

 

CAPITULO I

INTRODUCCION

El presente proyecto investigativo est谩 orientado a desentra帽ar y analizar la problem谩tica causada por el Sicariato, una figura delictiva de antigua data, y que mantiene su raz贸n de ser al dar muerte a una persona por promesa remuneratoria o por encargo.

Por cuanto la incidencia delictiva en lo que se refiere al Sicariato, ha experimentado un considerable   aumento   cualitativo   y   de   naturaleza violenta, a nivel nacional, esta situaci贸n causa alarma y desconcierto, raz贸n por la que diversos sectores de la sociedad exigen control y sanci贸n para quienes cometan este il铆cito. La diversidad de proyectos para la reforma del c贸digo penal se ha evidenciado a ra铆z del auge que va teniendo el acometimiento de este delito.

Adem谩s que se buscara identificar cu谩les son los elementos que influyen directa e indirectamente en el sicariato, el entorno en el que se desarrolla y las formas de operar de quienes cometen este il铆cito a quienes se los denomina sicarios.

 

CONCEPTO

SICARIATO ETIMOLOGIA

Sicarii (plural latino de sicarium, que usa de daga, asesino por contrato o encargo) este t茅rmino se aplic贸, por analog铆a empleada por los invasores y ocupantes romanos, a los defensores jud铆os, (o a los insurrectos) que procuraron expulsar a los Romanos y a sus partidarios de Judea.

GENERALIDADES

El fen贸meno del sicariato no es nuevo en el mundo ni ha estado ausente en la Rep煤blica Dominicana, lo cual quiere decir que no es un hecho delictivo que “llega desde afuera” ni que tampoco es reciente. En el pa铆s existe sicariato desde tiempos inmemoriales, aunque desde principios de los a帽os noventa ha incrementado y ha cambiado sustancialmente, debido a la influencia del narcotr谩fico. Si bien el   n煤mero de homicidios no es tan significativo como en Colombia, M茅xico o Brasil, sus efectos son devastadores a todo nivel. Sin embargo, pese a que este delito ocurre en el Rep煤blica Dominicana, constantemente se niega su existencia.

¿Por qu茅 esta paradoja?

El sicariato no es solo un fen贸meno de unos sujetos aislados que usan la violencia para cometer homicidios por encargo, es algo mucho m谩s complejo que ello, debido a que su realidad est谩 asentada sobre la base de un conjunto de redes sociales que permean la sociedad y sus instituciones, y de una construcci贸n val贸rica en t茅rminos econ贸micos (toda vida tiene un precio) y culturales (el v茅rtigo, el ascenso social). De manera que, este fen贸meno es un proceso que est谩 creciendo en la obscuridad porque se niega su existencia o porque se lo recubre bajo el manto de la definici贸n de homicidio agravado o asesinato. Crece en la obscuridad aunque todos saben de su realidad a trav茅s de los medios de comunicaci贸n, aunque su existencia no siempre es reconocida por quienes deben velar por su control.

Un ejemplo de esto, es la afirmaci贸n del Jefe de la Polic铆a Nacional, quien se帽al贸: “atribuyo a percepci贸n de la ciudadan铆a un supuesto incremento de la delincuencia”. Este tipo de negaciones a la realidad del fen贸meno solo abona en su crecimiento en el desarrollo de las actividades que le dan sustento, en la deslegitimidad de las instituciones y lo m谩s grave en que no se enfrente adecuadamente este delito.

La importancia del sicariato no estriba solo en el n煤mero de homicidios cometidos o en los grados de violencia expl铆cita que encierra, sino en el impacto que produce sin infiltrarse f铆sicamente en las instituciones tutelares del sistema penal cl谩sico (policial, c谩rcel y justicia), en las instituciones de la sociedad civil (medios de comunicaci贸n, institutos acad茅micos) y en la vida cotidiana (cultura de resoluci贸n de conflictos al margen del Estado).

Nadie desconoce que el sicariato desinstitucionaliza y genera una cultura del 茅xito r谩pido, amparada en el advenimiento de una nueva 茅lite poderosa sustentada en el poder del temor (es un mecanismo de ascenso social, aunque sea temporal). Adem谩s, este crimen se caracteriza por tener una gran caja de resonancia en los medios de comunicaci贸n, porque les llama poderosamente la atenci贸n el grado de violencia de las ejecuciones, y lo espectacular que resultan sus acciones al dirigirse siempre a ciertos actores p煤blicos conocidos.

En definitiva, el sicariato es un homicidio que tiene particularidades propias, tanto por el nivel de violencia y profesionalismo con que se ejecuta, como por la sofisticaci贸n de las actividades y relaciones sociales previas al hecho delictivo. Pero tambi茅n, por los efectos posteriores que encierra: toda vida adquiere un precio y todo ser humano est谩 sujeto al escrutinio de una persona que puede definir el valor que tiene su muerte.

Los sicarios en la actualidad:

Modus Operandi

Su manera de hacer el trabajo difiere mucho de la de los otros asesinos, puesto que dependiendo de la situaci贸n, ellos tienen que plantear un escenario adecuado al de la v铆ctima.

Esto puede ser de tres formas:

P煤blico: eliminan al objetivo sin importar la presencia de otras personas, haci茅ndolo parecer un asalto, haci茅ndolo parecer un acto de terrorismo (eliminando a las personas m谩s cercanas)   o simplemente sorprendiendo a su objetivo de frente.

Limpio: eliminando solamente al objetivo, sin testigos (en caso de que hubiera tambi茅n son eliminados), r谩pido y sin rodeos.

Disfrazado: eliminando al objetivo, sin testigos, planteando una situaci贸n que pudiera hacerlo parecer un accidente, suicidio o cualquier otra cosa que este distante de la realidad.

Debido a que los sicarios tienen un trabajo muy arriesgado, trabajan en equipos de cuatro con un comandante al mando. Aquellos que disponen de sus servicios solo los llaman cuando tienen que darles un blanco a eliminar, y siempre usan un l茅xico (claves) muy diferente que solo ellos entienden para evitar que alguien ajeno a la conversaci贸n los entienda. Los profesionales evitan incluso ser visto por sus clientes, como m茅todo de prevenci贸n ante cualquier chantaje o traici贸n por parte de quien le fuera a pagar. Los sicarios (dependiendo de su nivel) trabajan para todo tipo de gente, desde gente de bajos recursos econ贸micos, hasta con el crimen organizado.

La cantidad de dinero que reciben los sicarios por sus servicios var铆a dependiendo de su nivel y de qui茅n sea el contratante. Si se tratara de una persona ordinaria, la cantidad de dinero difiere mucho a la de un pol铆tico, empresario o miembro importante de alguna mafia.

CAPITULO II

SICARIATO COMO TIPO PENAL

DENOMINACION: La palabra asesinato, con la cual denomina esta especie de homicidio, que a la postre no es m谩s que un delito de homicidio en el cual concurren ciertas “circunstancias especificas de agravaci贸n. Seg煤n CARMIGNANI “El titulo de asesinato fue utilizado por primera vez por el derecho can贸nico. El origen de aquel nombre com煤nmente se atribuye a los miembros de unas bandas del Asia Menor, llamados haxaxini, los cuales furiosamente enceguecidos por las supersticiones mahometanas, fingi茅ndose cristianos y que por orden y mandato de su jefe llamado Arsaces, o Viejo de la Monta帽a sol铆an traidoramente herir a los cruzados. Introducida en Italia comenz贸 insensiblemente a extenderse a las m谩s apartadas regiones, hasta el punto de que, para frenar los progresos de tan atroz crimen, el romano Pont铆fice instauro penas sever铆simas contra el asesino”.

Sobre las bases de estas explicaciones, el autor dice que el asesinato es el homicidio cometido por mandato, o precio. El mandante o conductor de la obra de otro se llama asesino; y el mandatario asesinador”.

ANTECEDENTES DE LA FIGURA AGRAVADA DE HOMICIDIO.

Dicen las actas de ESCALLON, cuando present贸 un proyecto para los delitos contra la vida y la integridad personal, cuyos art铆culos comprend铆an, desde luego, los relativos a las agravantes del homicidio y que eran trascripci贸n literal de los art铆culos. 365 y 366 del C贸digo Italiano de 1889 hacia distinci贸n entre homicidio agravado y homicidio calificado, que el comisionado ESCALLON mantuvo con la 煤nica excepci贸n de que suprimi贸 de las agravantes la que versaba “sobre la persona o miembro del parlamento”.

En relaci贸n a las circunstancias agravantes y las circunstancias calificantes del C贸digo Penal italiano de 1889, escribe IMPALLOMENI que tales circunstancias “son dos categor铆as que tienen diverso valor jur铆dico convencional, porque la una y la otra tienen como efecto agravar la pena del homicida por una esencial cualidad, o de la v铆ctima o de la acci贸n, o de la causa determinante y por tanto agravan la pena porque califican el delito; a pesar de ello, se denominan agravantes las calificantes menos graves y calificantes las agravantes menos graves”.

La ley, al aumentar la pena para el homicidio lo denomin贸 asesinato, pero no modifico la estructura intima de la figura b谩sica que es el homicidio, sino lo 煤nico que hizo fue aumentar la pena b谩sica prevista en el Art. 295 del C贸digo penal, a una modalidad del homicidio que por sus especiales caracter铆sticas, el legislador considero como m谩s grave, mayor gravedad que se mide por la mayor cantidad de sanci贸n aplicable en dicho homicidio, pero es evidente que para que se pueda agravar un homicidio, lo esencial es que exista homicidio que se va a agravar, con todos sus elementos esenciales, de donde con la mayor claridad se deduce, que la 煤nica sanci贸n, que se logra por agregar un factor eminentemente accidental y accesorio, que es la circunstancia.

Por este hecho que el delito cambie de nombre no significa que cambia en su estructura porque para que el diverso nomen iuris corresponda a una estructura diferente de delito, o sea un titulo de delito, es necesario que se produzca una modificaci贸n sustancial en la econom铆a de la figura t铆pica.

La conclusi贸n necesaria de lo que hasta ahora se ha dicho se puede resumir en el punto de que:

De que el Homicidio Agravado (asesinato) que describe y sanciona el art. 296 del C贸digo Penal no constituye por ning煤n motivo una figura aut贸noma o un tipo especifico de homicidio, sino simplemente que concurren determinas y especificas circunstancias  modificatorias de la responsabilidad, pudi茅ndose afirmar entonces   que   la   diferencia que hay entre homicidio simple del Art 295 del C贸digo Penal y el Asesinato  art. 296 hace relaci贸n a la sanci贸n penal. Otra cosa es desde el punto de vista de la pol铆tica criminal discutir la conveniencia de la denominaci贸n especial para el homicidio agravado, nombre que, no ha servido mayormente para las finalidades que ingenuamente se propusieron los autores del C贸digo y no resulta suficiente   en respuesta a su actual contexto.

ANALISIS A LA REFORMA DEL CODIGO PENAL.

A partir de la modificaci贸n del C贸digo Penal Dominicano vigente se contempla la figura del Homicidio, variando desde sus diversas formas homicidio simple, preterintencional, y homicidio agravado encontr谩ndose, con las distintas agravantes que lo configuran como Asesinato; siendo la segunda causal, la cual se refiere al homicidio por precio o promesa remuneratoria.

El art铆culo 104 del proyecto de reforma al C贸digo Penal presentado por la C谩mara de Diputados de la Rep煤blica Dominicana:

Ampliar el espectro y 贸ptica con la que hasta ahora se ha venido manejando la legislaci贸n con referencia al fen贸meno del sicariato en la Rep煤blica Dominicana.

El enunciado que propone la Procuradur铆a General de la Rep煤blica es en repuesta a la exorbitante ola de delincuencia y crimen organizado que contribuye al incremento del sicariato.

Raz贸n por la que dentro de las reformas penales propone:

En cuanto al sicariato “Quien planifique, ordene o ejecute, de manera directa o indirecta, un homicidio, a cambio de entregar o recibir una remuneraci贸n o a cambio de una promesa de remuneraci贸n, es culpable de sicariato. El sicariato ser谩 sancionado con treinta a cuarenta a帽os de prisi贸n mayor”

El planificar, ordenar de manera directa o indirecta: encomendar a alguien a favor de otro y en el caso que nos ocupa dar muerte por encargo, esa modalidad de ejecuci贸n de delito, como lo anotar铆a CARRARA, fue la que hizo denotar asesinato a este tipo de homicidio, porque en el “lenguaje cl谩sico de la escuela la palabra asesinato indica el homicidio cometido por orden y cuenta de otro, es decir querido por una persona y ejecutado por otro”. Sobre el fundamento de realizarse por encargo, descansa en la alarma que genera el homicidio cometido en estas circunstancias, y la frecuente facilidad que puede tener un criminal pudiente o no de encontrar sicarios mediante dinero.

Puede verse matizado con una mayor seguridad de quien encargue, ordene o convenga la ejecuci贸n del delito a otro, pero surge la circunstancia de no ser necesario, para que se d茅 el encargo, orden o convenio, que alguien se abstenga de cometer un delito por vileza o por seguridad, ya que puede presentarse el caso de dar muerte a una persona que se encuentra en viaje o en un lejano pa铆s, y sea m谩s c贸modo confiar el encargo de darle muerte a una persona que se halle cerca, o que no pueda inspirar sospechas.

Dar una orden para que se cometa el homicidio o que parta de un convenio, hace notar en la primera circunstancia una especie de jerarqu铆a por ejemplo el l铆der de una banda manda a uno de sus integrantes a dar muerte a otra persona, y en la segunda circunstancia parte de un convenio esto denota un acuerdo de voluntades previo.

Surge una interrogante l贸gica en este tipo de situaciones, al momento de darse una orden quien la recibe solo la acata o seg煤n su criterio y raciocinio puede discernir y juzgar si su actuar es correcto o no lo es, por lo tanto si la orden a ejecutarse es la correcta?.

Como producto del encargo o el convenio al que se llego, quien accede a dar muerte a otro en estas condiciones, recibe un pago o promesa de pago, retribuci贸n o compensaci贸n econ贸mica o de otra naturaleza.

A pesar de estar claro que el Sicariato es la modalidad de homicidio que consiste en dar muerte por una retribuci贸n econ贸mica o pecuniaria, pueden presentarse casos en los que por ejemplo: si una persona ofrece a otra hacerle constar en los roles de pagos de la empresa, aunque no trabaje en ella, a cambio de que este “trabajador” mate al enemigo de quien le hace la oferta, estar铆a cometiendo un homicidio que se convierte en sicariato, porque lo hace a cambio de una promesa econ贸mica, por un beneficio econ贸mico, que a su vez se vuelve beneficio personal a favor del tercero quien le hizo la oferta.

Con la misma pena ser谩n sancionados los que encargan u ordenan la ejecuci贸n del delito, sus intermediarios o ejecutores: “El sicariato ser谩 sancionado con treinta a cuarenta a帽os de prisi贸n mayor”.

En cuanto a la proporcionalidad de las penas que se aplican en el caso de sicariato, seg煤n las reformas planteadas, responde al grado de conmoci贸n social que causa el delito y la imparable frecuencia con que se comete el mismo.

Seg煤n Becaria la verdadera medida de los delitos, es decir, el da帽o a la sociedad. Esta es una de esas palpables verdades, que a pesar que no son necesarios para descubrirlas ni cuadrantes ni telesc贸picos, sino que est谩n al alcance de cualquier mediocre inteligencia, sin embargo por una maravillosa combinaci贸n de circunstancias, no son conocidas con firme seguridad m谩s que por unos pocos pensadores,  hombres de todas las naciones y de todos los tiempos.

Por su parte, Eugenio Ra煤l Zaffaroni, penalista y crimin贸logo argentino, le pidieron que comentara una propuesta de reforma del C贸digo Penal de Costa Rica mediante la cual se aumentaban las penas.

El jurista se atrevi贸 a se帽alar que las penas de prisi贸n largas s贸lo surten efectos en delitos que no son los m谩s graves. Se帽al贸 como ejemplos delitos que requieren de un alto grado de planeaci贸n y racionalizaci贸n como: por ejemplo, la defraudaci贸n fiscal y las estafas a trav茅s de instrumentos cambiarios. El individuo que acomete este tipo de infracciones penales est谩 forzado a hacer un c谩lculo sobre cu谩nto podr铆a costarle el riesgo de su actividad desviada y es l贸gico que en la medida en que aumenta "el costo" del delito, disminuya la presteza a cometerlo y, por lo tanto, se reduzca socialmente su incidencia, siendo muy diferente, lo que ocurre con los delitos graves como el homicidio particularmente el homicidio patol贸gico. Seg煤n Zaffaroni, nadie se abstiene de cometer un parricidio por consideraci贸n a la pena. Son otros los motivos que impiden que las personas tomen la decisi贸n de matar a sus progenitores.

El otro dato importante que contiene el informe de Zaffaroni, es que, contrario a lo que pueda pensarse, las penas largas raras vez se cumplen y eso incluye a los pa铆ses que tienen las legislaciones que prescriben las penas m谩s largas. Es decir, independientemente de la duraci贸n de la pena se帽alada en la ley, hay m煤ltiples mecanismos legales que propenden a un acortamiento de las sanciones, si a eso sumamos la posibilidad de obtener una reducci贸n de sentencia, por buena conducta.

Por eso, cuando hoy se debate sobre la necesidad de aumentar las penas contra los menores de edad, debiera tomarse en cuenta los rangos de las penas que establece el C贸digo Penal actual, junto con la realidad de las penas que en la pr谩ctica cumplen los que han sido sentenciados.

En cuanto a los grados de participaci贸n se帽ala la reforma en su parte pertinente que tendr谩 igual pena “Quien planifique, ordene o ejecute, de manera directa o indirecta, un homicidio, a cambio de entregar o recibir una remuneraci贸n o a cambio de una promesa de remuneraci贸n, es culpable de sicariato”.

El verdadero ejecutor intelectual o determinador del delito ejecutado por el sicario, su sanci贸n deber铆a ser m谩s grave o en t茅rminos de responsabilidad considerarse sin atenuantes, eso no quiere decir repetida, para   que   la figura penal se salga del marco jur铆dico de la coparticipaci贸n criminal.

Tratado de los Delitos y las Penas de Beccaria: http://www.slideshare.net/adrianamoncayo/sicariato

En la reforma al Codigo Penal Dominicano, no sanciona la promoci贸n del Sicariato, por lo que se debe establece que : “con la mitad de la pena establecida en el art铆culo anterior, ser谩n sancionados los que de cualquier forma y utilizando cualquier medio, promuevan o oferten,   demanden o instiguen la comisi贸n de estos delitos de sicariato, aunque estos no se hubieran ejecutado. Ya que desde la deep web podemos ver anuncios de personas que se ofrecen para este delito, con anuncios publicitarios.

Se encuentra reconocido dentro del C贸digo Penal Dominicano en su art铆culo 15 las penas por tentativa, y las razones por las que se la sanciona.

Siempre y cuando se hayan realizado todas las acciones conducentes para la realizaci贸n del il铆cito, y el mismo se haya frustrado por razones ajenas a la voluntad de sus ejecutantes.

CARRARA, es muy afirmativo cuando sobre el particular escribe: “el asesinato tiene su consumaci贸n con la muerte, no con el pacto, en el cual aun cuando seriamente concluido, no se da ni siquiera tentativa, porque con el pacto no se da comienzo a la ejecuci贸n del homicidio”.

Se dar谩 solo un conato cuando el sicario haya comenzado el principio de ejecuci贸n del homicidio. En el pacto podr谩 crearse un titulo de delito aut贸nomo, como en cualquier asociaci贸n o   instigaci贸n   criminal, cuando el delito el cual tienden sea de tal gravedad pol铆tica que   lo merezca.

En cuanto a los medios de difusi贸n de contacto y los intermediarios podemos observar, desde oferta en volantes que pasan por los barrios generalmente marginales, bandas que ofrecen sus servicios y con los precios dependiendo de cu谩n importante sea la v铆ctima.

Pero la difusi贸n por medios electr贸nicos y cibern茅ticos se va haciendo cada vez masiva, incluso los mecanismos de reclutamiento para “escuelas de sicarios”, con propuestas de dinero f谩cil y sin complicaciones.

El sicariato apareci贸 en Rep煤blica Dominicana hace unos seis a帽os y que la “escuela” viene de Colombia y Per煤. Por su parte, la interpol expresa que es probable que colombianos o peruanos est茅n trabajando en ese sistema.

Al no ser una figura delictiva propia del pa铆s, repite las modalidades aplicadas en pa铆ses como Colombia, Per煤, M茅xico, donde se ha desarrollado una cultura de violencia, que recluta en escuelas de sicarios principalmente a adolescentes, quienes manejan armas de varios tipos, blancas, y de fuego en su mayor铆a.

La contrataci贸n de los sicarios se presenta en un esquema de este tipo:

El contratante - El intermediario - El ejecutor - y la V铆ctima puede ser una persona o varias. En muchos casos ni se conocen entre ellos.

A m谩s del modo operativo que tienen para ejecutar el delito, lo analizan seg煤n el sector, la v铆ctima, y las circunstancias en las que se encuentren, raz贸n por la que se necesita de preparaci贸n y de una estrategia para operar de forma r谩pida.  http://www.slideshare.net/adrianamoncayo/sicariato

Por ser un fen贸meno delictivo que deriva de otros como el narcotr谩fico, y las asociaciones criminales en su mayor铆a y al reconocer el da帽o colectivo que las mismas han generado a trav茅s de los a帽os, lo que se busca es sancionar el delito de sicariato como en delito de lesa humanidad, por su forma de ejecuci贸n, por sus motivaciones generalmente econ贸micas.

Pero sobre todo por el hecho de que la vida humana es uno de los bienes jur铆dicos mejor tutelados en las actuales constituciones a nivel mundial, y porque la historia nos recuerda que cualquier medio de aniquilaci贸n  entre seres humanos no ha tenido nunca una justificaci贸n valida, mucho menos si se trata a la vida humana, como la nueva mercanc铆a que se encuentra en boga del mercado criminal. Mencionando tambi茅n que en el Sicariato, el nivel de impunidad es elevado.

Motivo por el que las medidas preventivas que se tomen para frenarlo, deben ser exhaustivas, a criterio personal considero que est谩n bien encaminadas cuando se hace menci贸n al principio de universalidad y se observara como parte de la justicia mundial.

AUN LA REFORMA, QUEDARAN MUCHAS LAGUNAS.

No es suficiente, ni claro al sancionar delitos como el Sicariato, por ejemplo en la reforma no se ha planteado la posibilidad de sancionar los actos de preparaci贸n, elaboraci贸n y planeamiento que realicen en el Rep煤blica Dominicana aun cuando el delito se cometa en un pa铆s diferente al nuestro, y como no resaltar, los principios de universalidad, la consideraci贸n cosmopolita del   hombre y la justicia mundial, que se encuentran ausentes de la legislaci贸n penal vigente.

 

ADOLESCENTES ANTE LA JUSTICIA PENAL.

El sicariato es un delito en el cual se realizan asesinatos por encargo, que en la mayor铆a de los casos, son j贸venes los que son reclutados.

Actualmente est谩 en auge, y es un problema social que se encuentra en mayor parte en 茅l: narcotr谩fico, en la venganza por distintas causas y en pandillas.

En el caso del narcotr谩fico, a trav茅s del sicariato se cometen estos asesinatos por encargo tanto para saldar cuentas, como para intimidar a determinados sectores y sancionar o acallar a quienes asumen una actitud de denuncia en contra de esta actividad.

M茅todos de Reclutamiento de Sicarios

Estos encargados buscan a menores de edad por su condici贸n jur铆dica, que en caso de ser aprehendidos, en la mayor铆a de los pa铆ses existe un l铆mite de edad que se considera para ser procesado por ciertos delitos.

Esto se denomina inimputabilidad penal, las consecuencias que tiene esta concepci贸n es que, deben ser puesto a disposici贸n de los correccionales de menores, lo que a su vez redunda en la imposibilidad o dificultad de la investigaci贸n del delito, y por tanto de sus autores intelectuales.

Tambi茅n, y no debemos desconocerlo, la existencia de barriadas que cuentan con mucha gente y especialmente j贸venes dispuestos a realizar cualquier trabajo; con tal de salir de la miseria en que se encuentran y de la cual est谩n rodeados.

Factores por los cuales los j贸venes acuden al sicariato:

Mayor frecuencia en j贸venes de barrios marginados

B煤squeda de protagonismo juvenil

B煤squeda de un sentido de la vida

Pobreza y miseria

Factores que promueven el sicariato:

Pobreza y desempleo

Infiltraci贸n de delincuentes por las fronteras

Tenencia ilegal de armas por parte de los ciudadanos.

BREVE ANALISIS Y COMENTARIO

Cuando hoy se debate sobre la necesidad de aumentar las penas contra los menores de edad, debiera tomarse en cuenta los rangos de las penas que establece el C贸digo Penal actual, junto con la realidad de las penas que en la pr谩ctica cumplen los que han sido sentenciados.

Los 4 a帽os que impone la Ley, como pena m谩xima, est谩 lejos de ser una pena peque帽a comparada con la realidad de la sanci贸n que cumplen los adultos.

Si analizamos la de los otros delitos (robo, violaci贸n, lesiones personales dolosas con resultado muerte y lesiones, posesi贸n il铆citos de armas de fuego), llegar铆amos a la conclusi贸n de que las   diferencias entre la extensi贸n de la pena del adulto y la del menor de edad se acortan hasta que pr谩cticamente se anulan las diferencias entre las penas que se cumplen.

El debate se presenta en dos frentes. 1. Rechaz贸 al tratamiento de menores en la jurisdicci贸n de los adultos, con reglas y penas similares a las de los adultos, 2. Combatir tambi茅n la mentalidad tutelar que recomendaba proteger a "los menores" y no sancionarlos.

Se trata de una reforma que responsabiliza a los menores de edad que violen la ley penal y les impone sanciones severas que incluye la pena privativa de libertad en delitos que en la justicia ordinaria sean sancionados con penas de reclusi贸n.

¿Los sicarios son en su mayor铆a adolescentes?

Lamentablemente esa es la realidad, adolescentes entrenados como sicarios, aprovech谩ndose como es obvio en los grupos marginales de las necesidades propias de estos entornos, la migraci贸n tambi茅n es una elemento importante, ya que contribuye a la desestabilizaci贸n de las familias y por ende a la desintegraci贸n de los adolescentes quienes buscan independencia econ贸mica y se asocian con grupos generalmente peligrosos, a dem谩s de mencionar la falta de valores y la manipulaci贸n que sufren estos grupos de j贸venes.

En cuanto al punto del escalamiento social, si tomamos en cuenta que el sicariato es como la nueva fuente de dinero, esto crea en quienes la ejercen una especie de status al mantener en estado de zozobra a la sociedad y de ganar una supuesta remuneraci贸n por ello.

Conclusiones:

La inseguridad y la violencia que azotan a Latinoam茅rica, debido a los fen贸menos de crimen organizado, guerrilla, y narcotr谩fico. Empezaron a mutar figuras delictivas que si bien son de antigua data, han sufrido en la actualidad sanguinarias y devastadoras alteraciones, con prop贸sitos econ贸micos.   Que   van   cobrando   una larga lista de vidas humanas. Motivo por el cual las reformas planteadas, buscan endurecer las penas y sancionar a los ejecutores con todo el peso de la ley.

No se trata de "encarcelar" a todo mundo, se trata de que las autoridades puedan tomar las medidas necesarias para la defensa de la seguridad ciudadana. Si no lo hacen, es porque   existen deficiencias en la gesti贸n de la investigaci贸n o de los procesos, no porque la ley se los impida, por lo tanto el endurecimiento de las penas no asegura una prevenci贸n del delito de sicariato, ya que las motivaciones para acometerlo como se ha explicado en el an谩lisis de la norma correspondiente, son variantes; a mas que la utilizaci贸n de menores de edad es el real problema que nos plantea el sicariato en nuestro pa铆s.

Raz贸n por la que, el presente proyecto de investigaci贸n y an谩lisis de las reformas anteriormente se帽aladas, me permite llegar a la conclusi贸n de que quiz谩 haya que tipificar como delito nuevo la utilizaci贸n de menores de edad en la ejecuci贸n de actividades delictivas, como el sicariato. En vez de atacar las causas, se ataca solo los efectos, entonces estaremos promoviendo la impunidad de estos delitos.

BIBLIOGRAFIA

Proyecto de C贸digo Penal Dominicano - https://adocco.org.do/wp-content/uploads/2021/07/PROYECTO-DE-LEY-CO%CC%81DIGO-PENAL-APROBADO.pdf

Wikipedia.

C贸digo Penal de la Rep煤blica de Colombia.

Diccionario Jur铆dico, Enciclopedia Quillet

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