EL ESTADO HAITIANO NO EXTRADITA SUS NACIONALES, CRÍMENES COMETIDOS POR HAITIANOS SEGUIRÁN IMPUNES.


En una ocasión el canciller haitiano, Antonio Rodrigue, recordó que no existe tratado de extradición con la República Dominicana, cuyas autoridades reclamaban la entrega de un nacional de ese país acusado del asesinato de una pareja en Pedernales, que habría creado tensión en la Zona Fronteriza.


La extradición en la República Dominicana está regulada por el Código Procesal Penal, la Convención de Palermo y los Tratados de Extradición Bilaterales firmados entre los Estados.


La extradición es el procedimiento judicial de índole penal administrativa por el cual una persona acusada o condenada por un delito conforme a la ley de un Estado es detenida en otro Estado y devuelta al primero para ser enjuiciada o para que cumpla la pena ya impuesta.


Si bien existe una cooperación internacional activa para la represión de los delitos, continúa existiendo la regla de que un Estado está obligado a conceder la extradición de un delincuente extranjero, solamente si existe tratado internacional con el Estado requirente o Convención Internacional sobre extradición, de la que ambos estados sean firmantes, elemento que no existe entre República Dominicana y Haití. 


Cuando no hay tratado o convención internacional, cómo en el caso de la especie, el Estado requerido está facultado para acordar la extradición, pero no está obligado a concederla.


Sin embargo la obligación no es absoluta pues siempre el Estado requerido conserva la facultad soberana de no conceder la extradición si de acuerdo a su legislación interna no se cumplen los requisitos establecidos para tal efecto, como siempre han alegado los funcionarios Haitianos.


La extradición, en la mayor parte de los tratados en vigor experimenta ciertas limitaciones, una de ellas y tal vez la de mayor relevancia, es la de la nacionalidad de la persona requerida.


Por regla general, la mayoría de los Estados niegan la extradición de sus propios nacionales. Solamente hay siete Estados que se han mostrado dispuestos a acordar la extradición de sus propios nacionales, a saber: México, Reino Unido, Estados Unidos, Argentina, República Dominicana, Uruguay y Colombia. Los demás niegan la extradición de sus nacionales e incluso tienen disposiciones constitucionales por las que se prohíbe, como alegan las autoridades Haitianas.


En cuanto al derecho internacional se establece la obligación de extraditar; pero cuando se trata de nacionales del Estado requerido la entrega se torna facultativa, el caso queda a juicio del Estado Haitiano.


NO HAY TRATADO DE EXTRADICIÓN ENTRE REPÚBLICA DOMINICANA Y HAITI.


Razones por las que los nacionales haitianos han huido a su país como forma de asegurar su impunidad ya que el en mismo no existe un registro civil mucho menos una autoridad policial o la interpol, lo que ha dificultado el traslado al país de las decenas de acusados de asesinar dominicanos, quienes al igual que el viejo oeste huyen hasta que todo se olvida y regresan como si nada, al carecer de documentación e identificación los crímenes quedan impunes.


Bajo estos argumentos de las autoridades haitianas llegamos a la conclusión de que continuarán los casos de impunidad por parte de los ciudadanos haitianos, protegidos por las Leyes de su Estado con la mirada incompetente de funcionarios del gobierno corrupto.

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