9 AÑOS EN ESTADO DE FALLO ACCIONES CONTRA LA LEY 169-14 QUE ESTABLECE UN REGIMEN ESPECIAL PARA PERSONAS NACIDAS EN EL TERRITORIO NACIONAL



El señor Porfirio de Jesús López Nieto, mediante sus abogados y apoderados ha interpuso una acción de inconstitucionalidad contra la Ley 169-14 que establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el Registro Civil dominicano y sobre naturalización.



Los Dres. Juan Miguel Castillo Pantaleón; Miguel Castillo Roldán; Cristina Aguiar; y compartes accionaron contra Decreto no. 250-14, emitido en fecha 23-07-2014, reglamento de aplicación de la ley 169-14, emitida en fecha 23-05-2014.


Josefina Guerrero; Andrés Nicolas Contreras; Yeralda Nicolasa Contreras; Rosanna Natalie Contreras Guerrero contra la Ley 169-14 que establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el Registro Civil dominicano y sobre naturalización 29/11/2013.


La Ley 169-14 o Ley de Naturalización Especial fue una ley especial creada parcho como consecuencia de la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional que establece que el derecho a la nacionalidad de los descendientes de extranjeros nacidos en la República Dominicana entre 1929 y 2007, no le corresponde en razón del jus sanguinis de sus padres.


El título oficial de esta iniciativa fue: “Ley que establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el Registro Civil dominicano y sobre naturalización”.



La ley distingue dos grupos dentro de la categoría de “descendientes de extranjeros en condición migratoria irregular” en la República Dominicana y dispone medidas concretas para cada grupo.


El primer grupo, mejor conocido como Grupo A corresponde a aquellos descendientes de extranjeros en condición migratoria irregular que lograron en el pasado ser inscritos en el registro civil dominicano a pesar de que según la interpretación retroactiva de la sentencia 168-13, no les correspondía, contradiciendo la decisión anterior.


El segundo grupo, también conocido como Grupo B corresponde a aquellos descendientes de extranjeros en condición migratoria irregular que nunca fueron inscritos en el registro civil pero que han residido toda su vida en la República Dominicana y no tiene vínculo el país de origen de sus padres. La ley previó para este grupo un plazo inicial de 90 días para que se registraran como extranjeros con la posibilidad de obtener en un período de apenas 2 años, la nacionalidad dominicana mediante naturalización.


Esta ley desde el punto de vista legal constituye una violación al precedente del Tribunal Constitucional establecido en la sentencia 168-13 y abrió la puerta a que cualquier persona extranjera pudiese alegar haber nacido en el territorio dominicano y reclamar la nacionalidad, así hacerse dominicano en 2 años.


La Ley 169-14 No ha resuelto el problema de la inmigración irregular instruida por la sentencia 168-13.

 

La Ley 169-14 no ha resuelto ninguno de los problemas que ordenara que se resolvieran por la sentencia 168-13, del Tribunal Constitucional, que ‘establece que los hijos de inmigrantes en situación irregular o en tránsito no son dominicanos, sino que por el contrario ha aclarado esa situación que reposa en nuestra constitución desde el año 1929, para que esas personas, muchas acabadas de llegar de sus paises, obtengan documentos de identidad y electoral y hacerse dominicanos en dos años, por esta razón entendemos que esta ley no es conforme a la constitución, la ley de migración y la sentencia 168-13.



Sin documentación emitida por su país de origen, explican los estudios, el estatus legal de ellos es incierto, no está claro y dista de ser resuelto y con el paso del tiempo la situación empeora, porque los padres pasan esa condición a sus hijos, lo que les impide realizar sus sueños, ya que es un árbol genealógico sin documentación, desde el abuelo hasta el nieto.


La adopción de la ley 169-14, la cual estableció un régimen especial para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el registro civil dominicano y sobre naturalización, tuvo las características de un momento cuasi-constituyente por el contexto político en que se produjo, por la naturaleza de su objeto, por la unanimidad legislativa obtenida en su aprobación y por los efectos políticos que la misma tuvo en la vida nacional.


Ley No. 169-14 que establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el registro civil dominicano y sobre naturalización. G. O. No. 10756 del 26 de mayo de 2014.


QUE ESTABLECE UN REGIMEN ESPECIAL PARA PERSONAS NACIDAS EN EL TERRITORIO NACIONAL INSCRITAS IRREGULARMENTE EN EL REGISTRO CIVIL DOMINICANO Y SOBRE NATURALIZACIÓN

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