LOS LINCHAMIENTOS: RETROCEDER A LA LEY DEL TALION, EL OJO POR OJO Y DIENTE POR DIENTE

 


CONTENIDO

 

LOS LINCHAMIENTOS, EL OJO POR OJO Y DIENTE POR DIENTE Y LA LEY DEL TALION.

 

¿QUE ES LA LEY DEL TALION?

 

RELATO TRISTE DE UNA INJUSTICIA QUE SE REPITE.

 

PREGUNTAS QUE NADIE QUISIERA CONTESTAR.

 

PARA LA JUSTICIA, LOS LINCHAMIENTOS SIEMPRE SON DELITOS. 

 

PENA SIN JUICIO 


FUENTES



LOS LINCHAMIENTOS, EL OJO POR OJO Y LA LEY DEL TALION.

 

En esta semana salio una información en la prensa nacional sobre un linchamiento en la comunidad de las Cabuyas, Provincia La Vega, la comunidad lincharon a dos presuntos delincuente, uno de ellos fue quemado, luego de que los delincuentes dieran muerte a un reconocido Comerciante de la Comunidad.

 

Al lugar donde se encontraba el cuerpo calcinado, se presentaron vecinos, amigos y familiares del empresario, los cuales gritaban de indignación y vociferaban que había que hacer lo mismo con todos los ladrones, mientras que algunos dueños de negocios advirtieron de ahora en adelante en ese lugar se hará lo mismo con todos los antisociales.

 

Un momento de tensión se vivió cuando varias patrullas de la Policía y una ambulancia se acercaban al lugar donde estaba el cuerpo quemado, debido a que los comunitarios creían que la policía llevaban al otro supuesto delincuente muerto, y estos hacían intentos de quitárselos a la policía para también quemarlo.

 

La policía uso una estrategia y lo sacó por otro lado para evitar que lo quemaran.

 

A raíz de esta situación queremos plantear información de interés para nuestros seguidores, explicar lo que significa que nuestra sociedad retroceda con estos actos de barbarie, donde evidente la población no encuentra la justicia en los Tribunales y no confía en las autoridades por lo que debe hacer justicia por mano propia, algo que es ilegal y lo que podría ser un acto de justicia pudiera convertirse en un delito.

 

¿QUE ES LA LEY DEL TALION?

 

Talión es una Ley que tiene su origen en el Código de Hammurabi, escrito alrededor del 1790 antes de Cristo en la antigua Babilonia, por medio del cual, la justicia se aplicaba provocando en el culpable de la infracción un daño parecido al que causó.

 

Es decir; si usted es culpable de matar a alguien, a usted se le aplica la pena de muerte, si usted le saca el ojo a alguien, esa persona tiene el derecho por la ley del Talión, a sacarle uno de sus ojos.

 

En el Antiguo Testamento, en el libro del Levítico (24, 19-20), se establece la Ley del Talión, conocida también por la ley del “ojo por ojo y diente por diente”.

 

Jehová habla a Moisés y le dice: “Y el que causare lesión en su prójimo, según hizo, así le sea hecho: rotura por rotura, ojo por ojo, diente por diente, según la lesión que haya hecho a otro, tal se hará a él”.  Y consagra la pena de muerte: “El hombre que hiere de muerte a cualquier persona, que sufra la muerte”.

 

Esta ley divina rigió durante siglos la vida del pueblo judío.  En esencia, establecía un castigo de la ofensa mediante una pena del mismo tipo. Su principal virtud residía en que se trataba de una pena proporcional al perjuicio sufrido, que evitaba la sed de venganza y el castigo desproporcionado.  Su mayor defecto consistía en que ordenaba suplicios tan horribles como la mutilación y la lapidación.  Porque la pena no siempre era proporcional a la ofensa. La blasfemia, o el adulterio, por ejemplo, se castigaban con la muerte por apedreamiento o lapidación.

 

Cristo supera la ley mosaica, pero la supera asimilándola:   “No penséis que he venido para abrogar la ley o los profetas; no he venido para abrogar, sino para cumplir” (Mateo 5, 17).  En su lugar trae una ley nueva: la del amor y el perdón. 

 

La mala fama de esta ley viene de una expresión de Jesús en el evangelio de Mateo capítulo 5 versículo 28, que dice: ¨Habéis oído que se dijo: Ojo por ojo y diente por diente. Pero yo os digo no resistáis al que es malo, antes bien, a cualquiera que te abofetee en la mejilla derecha, vuélvele también la otra¨.

 

Todos conocemos el episodio de la mujer adúltera, llevada a Jesús para ponerle a prueba.  La ley de Moisés ordenaba apedrearla hasta morir.

 

Sin embargo Jesús la perdona y desarma a sus acusadores con esta respuesta: “Quien esté libre de pecados, que tire la primera piedra”. 

 

Esto podría parecer algo salvaje, sin embargo en el mundo antiguo era una forma de evitar venganzas desproporcionadas ante hechos delictivos cometidos en las sociedades con un sistema judicial organizado.

 

Es decir, este principio jurídico, antes que ser atraso, significó un avance importante del ordenamiento legal ya que evitaba matanzas indiscriminadas y guerras entre familias por algún hecho de sangre. En países del medio oriente como Irán aun se aplica.

 

RELATO TRISTE DE UNA INJUSTICIA QUE SE REPITE.

 

A un individuo llamado Marcelo, que reside en un pueblo pequeño llamado Guayabal, lo condenan a cinco años de prisión por trafico de drogas y es recluido en la cárcel pública de la Victoria.

 

A la mitad de su condena, dos años y medio, se somete el caso al Juez de la Ejecución de la Pena para decidir sobre su libertad condicional por "buena conducta" en la cárcel, la cual es otorgada y el nombrado vuelve a la calle a la libertad.

 

Después de dos semanas en libertad se asocia con Ricardo y Tomás,  dos maleantes igual que el primero,  para asaltar y quitarle un arma, que porta con permiso legal, al ganadero Guillermo del Rio de 60 años de edad.

 

Los tres malhechores se ubican en un camino por donde debe pasar Guillermo, y aprovechando que uno de ellos lo conoce, lo detienen cuando volvía de su finca, con su hijo Javier Del Rio, de 6 años de edad en la parte trasera del motor que poseía.

 

Al detenerse se le abalanzan, lo desarman y con la pistola lo matan de un balazo en la cabeza,  dejando el cuerpo  abandonado en el camino y huyendo del lugar de los hechos.

 

Pero ocurre que el "trabajo" que fueron hacer los delincuentes quedo incompleto, porque cuando huyen llevándose la pistola y la motocicleta de la víctima, se olvidan del niño de 6 años de edad al cual dejan vivo y lo abandonan en el camino junto al cadáver de su padre asesinado.

 

Ya lejos los delincuentes, piensan en el niño y la posibilidad que tienen de que este los identifique cuando se investigue la muerte y entonces se dirigen a donde vivia el Señor Guillermo con su esposa, lugar donde se encuentra el niño Javier.

 

Deciden tomar al niño, y con un cordón de zapatos proceden a ahorcarlo, quitándole la vida y lanzando su cadáver al río que estaba cerca y se dirigen hacia la Ciudad de la Provincia cabecera.

 

Ya en esa localidad, son detenidos con la motocicleta robada y en posesión del arma homicida, siendo sometidos a la justicia y esperando las medidas de coerción correspondientes por los hechos.

 

No es una trama de una serie de netflix, ni producto de la imaginacion, es un hecho que ocurrió en vida real, hemos cambiado los nombres para mantener la discreción del caso.

 

PREGUNTAS QUE NADIE QUISIERA CONTESTAR.

 

Después de narrados estos hechos, quizás deberíamos ponernos en el lugar de los familiares cercanos de Guillermo y su hijito Javier.

 

¿Qué tipo de condena exigiríamos para tres individuos que le quitan la vida a dos seres humanos sin ningún tipo de remordimiento y con una planificación que raya en la inhumanidad?

 

¿como nos sentiríamos si uno de las llamadas organizaciones de los Derechos Humanos protesta, si por una casualidad se le aplicara la ley de fuga a estos asesinos, como en la época de Trujillo, los intercambios de disparos que ocurren actualmente o si la comunidad los lincha ejerciendo la justicia por mano propia?

 

¿Apoyaríamos que se les aplicara la ley del Talión, ojo por ojo y diente por diente, si fuéramos dolientes de Guillermo y Javier?

 

¿Qué pensaríamos de la llamada justicia dominicana si a cualquiera de esos tres delincuentes por un tecnicismo legal, como en otros casos se le pone en libertad?

 

Y peor aún, ¿qué haríamos si nos encontramos en la calle con un individuo que fue capaz de matar con un cordón de zapatos a nuestro hijo de 6 años de edad?

 

Se lo dejo a la conciencia de cada uno de ustedes.

 

Por esta razón es que entiendo perfectamente que algunos países como los Estados Unidos mantienen la pena de muerte dentro de su normativa legal, ellos (las autoridades de la justicia) aplican el ojo por ojo y diente por diente, con la presencia de los familiares de las víctimas, para evitar la venganza privada entre los ciudadanos.

 

PARA LA JUSTICIA, LOS LINCHAMIENTOS SIEMPRE SON DELITOS.

 

No existe justificativo legal y no se los puede considerar como casos de legítima defensa.

 

Para los jueces, el Código Penal no deja dudas: los linchamientos son delitos y no están amparados ni justificados por la ley.

 

Distintos jueces y especialistas en derecho penal consultados, de diferentes corrientes, coincidieron en que no hay norma que permita golpear a quien cometió un delito y ya fue detenido. Si el resultado es la muerte, los responsables habrán cometido un homicidio, probablemente agravado. No son casos que encuadren en la figura de "legítima defensa".

 

Frente a quien acaba de cometer un delito, lo que puede hacer la gente (el "clamor público"), es perseguirlo, retenerlo y entregarlo a la autoridad.

 

Todo lo demás está prohibido por la ley. Nadie puede golpearlo. No existe ningún tipo de autorización para eso. Un linchamiento es un homicidio agravado por la situación de indefensión de la persona.

 

Es una conducta delictiva. El debate podría ser por qué pasa esto de forma repetitiva en la sociedad. Seguramente tiene que ver con una desconfianza en el sistema, pero eso que tal vez explica el fenómeno de ningún modo justifica.

 

Esto es un delito. El agredido no se puede defender de algo que ya cesó, porque la agresión terminó. Es decir, no es un caso de legítima defensa.

 

La "legítima defensa" está prevista en el artículo 329 del Código Penal, que dice que no hay crimen ni delito, cuando el homicidio, las heridas y los golpes se infieran por la necesidad actual de legítima defensa de si mismo o de otro". El articulo 329 establece dos excepciones, en los casos "siguientes:

 

1. Cuando se comete homicidio o se infieren heridas, o se den golpes de hazando de noche el escalamiento o rompimiento de casas, paredes o cercas, o la fractura de puertas o entradas de lugares habitados, sus viviendas o dependencias;

 

2. Cuando se comete el hecho se ejecuta en defensa de la agresión de los autores del robo o pillaje cometidos con con violencia".

 

PENA SIN JUICIO.

 

El linchamiento no es una defensa, sino un castigo. El ataque ya cesó. Ni siquiera es una venganza privada, porque excede a la víctima. Es en realidad una pena fáctica, por lo tanto, ilegal. No puede haber pena sin juicio previo.

 

¿Los linchamientos obedecen a la falta de respuesta de la Justicia frente a la delincuencia?

 

Si estuviéramos en una sociedad desarrollada diríamos que no, pero una sociedad como la nuestra donde la muerte, la cárcel, la libertad, la impunidad tiene un precio diríamos que si.

 

Evidentemente, si la sociedad reacciona así, hay algo que está fallando, o en la educación o en la cultura o en el funcionamiento institucional. Sobre todo cuando se da repetidamente.

 

Es cierto que hay una percepción distinta en muchos sectores de la sociedad. Puede ser que la gente crea que aumentó el delito y que no se castiga, pero no es así.

 

Más allá de cada caso concreto, apalear a una persona, un linchamiento propiamente dicho, no tiene ningún justificativo legal. La discusión es otra, es social, es política e institucional.

 

FUENTES

 

http://www.cdn.com.do/2018/03/20/identifican-presuntos-delincuentes-linchados-las-cabuyas-la-vega/

 

Código Penal Dominicano

 

Código de Hamurabi - Ley del Talión

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