LA SANCIONES A QUIENES PRACTICAN DEL GAGA O LUAS; SEGUN LA LEY VIGENTE


El gaga es de origen haitiano, parece formar parte del conjunto universal de la mágica devoción profesada por el pueblo de Haití. 
     


Por lo que la ley considera como un ultraje a las buenas costumbres y como tal será castigado con penas correccionales, la practica de los espectáculos conocidos con el nombre de Voudou o lúa, así como cualquier otro de igual o similar naturaleza, ya sea realizado en sitio publico o no. Las personas convictas de haber cometido este delito contra las buenas costumbres, serán castigadas con prisión de dos meses a dos años o con multa de diez a quinientos pesos. Igual pena les sera impuesta a las personas en cuyas casas, establecimientos, fincas o posesiones se celebre cualquier acto de la naturaleza ya expresada. 

Los infractores de esta ley quedaran, así mismo, sujetos a la vigilancia especial de la alta policía, por un periodo que no podrá ser menos de un año las sentencias podrán disponer también su deportación, cuando fuere de lugar. Los objetos que hayan sido utilizados en dichos actos, serán confiscados y destruidos, excepto aquellos respecto de los cuales el Tribunal disponga su entrega a algún asilo, establecimiento de caridad o de corrección. Se confiere competencia a lo Alcaldes Comunales para conocer y fallar en los casos de violación a la presente ley. Sus sentencias están sujetas al recurso de apelación, por ante el Tribunal de Primera Instancia correspondiente.
  
 

En Haití, es una forma de fervor sincrética que tiene por fin y principio practicar culto a las divinidades del panteón africano (21 Divisiones) y a los antepasados que pueden adquirir el carácter de divinidades en tanto que entidades sobrenaturales que habitan en el mundo de los muertos. Se caracteriza por sostener una forma de contacto con éstas divinidades o entidades sobrenaturales de forma física y directa a través de un fenómeno llamado "posesión".

El Vudú en Haiti posee la connotación de religión semi oficial (el catolicismo es la religión oficial) y es profesada por la mayor parte de los haitianos sin importar su condición social ni su nivel académico. En cierta forma, el Vudú, es practicado como un acceso directo al poder sobrenatural de la Magia Negra a través de amigos y parientes fallecidos o las divinidades que tradicionalmente han custodiado la vida material y espiritual de una familia o de muchas en dicha nacían. (Metraux, 1979, Daren 1953; Rigaud, 1953; Simpson, 1980). En tal virtud se encuentra claramente establecida y diferenciada la adoración a los Radá, Guede y Petró; ya sean cultos para los espíritus y divinidades bondadosa, los muertos y antepasados o los dominios propios de la hechicera y el inframundo de los muertos y sus demonios respectivamente. 

El presidente del Tribunal Constitucional dijo que la libertad religiosa goza en República Dominicana de jerarquía constitucional y que tanto los tribunales como los demás órganos del Estado están en la irrenunciable obligación de garantizarla. A pesar de que la Constitución de 2010 no contiene una regulación mínima del contenido de estas libertades, ni se refiere de manera específica a la libertad religiosa, es reconocida por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. 

El país cuenta con leyes que tocan aspectos atientes a la religión y sus implicaciones en la sociedad, tales como la Ley No. 44-00 que establece la lectura e instrucción bíblica en las escuelas públicas y el Código de Niños, Niñas y Adolescentes, promulgado mediante Ley 136-03. Mediante la Ley Núm. 391 del año 1943 se castiga la practica del gaga, luas o vudu, en la Republica Dominicana, segun las motivaciones de la ley se debe a que se ha comprobado que algunos elementos exóticos llegados a pais practican clandestinamente los espectáculos orgiásticos conocidos con el nombre de Voudou o lúa, los cuales son absolutamente extraños a las costumbres y a los gustos de los dominicanos sin excepción.

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